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El polvo en la obra: reglamentación

La ley establece valores límite de exposición al polvo en el lugar de trabajo (conocidos como VLEP), y esto afecta especialmente al sector de la construcción. Desde diciembre de 2020, el polvo de sílice cristalina alveolar se ha añadido a la lista de agentes carcinógenos.

Descubre ahora lo que dice la ley sobre la regulación del polvo.

La sílice cristalina está clasificada como cancerígena en España

Real Decreto 1154/2020, de 22 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto  665/1997,  de  12  de  mayo,  sobre  la  protección  de  los  trabajadores  contra  los  riesgos  relacionados  con  la  exposición  a  agentes  cancerígenos  durante el trabajo.

A partir del 1 de enero de 2021, siempre que un trabajador esté expuesto a sílice cristalina alveolar en el transcurso de su actividad profesional, ahora el empresario tendrá que cumplir con las normas adicionales específicas para la prevención de los agentes CMR (cancerígenos, mutágenos o reprotóxicos) 

Principales pasos en la prevención de riesgos relacionados con los agentes CMR

Durante la evaluación de riesgos, la identificación de los productos CMR* es un paso clave. Debe buscarse sistemáticamente la presencia de estos productos y cualquier situación de trabajo que pueda dar lugar a una exposición.

El enfoque de la prevención requiere la eliminación o la sustitución de los agentes químicos peligrosos.
Por otra parte, dado que los CMR pueden causar efectos en la salud incluso en dosis muy bajas, debe hacerse todo lo posible para evitar la exposición o reducirla al nivel más bajo posible y siempre por debajo de los valores límite de exposición profesional: 

  • Trabajo en sistemas cerrados
  • Aplicación de otras medidas técnicas de protección colectiva (captación en el origen, cerramiento, mecanización de determinadas operaciones...) y medidas organizativas (reducción del número de trabajadores expuestos...)
  • Aplicación de medidas de higiene y de emergencia
  • Utilizar equipos de protección individual cuando todas las demás medidas para eliminar o reducir los riesgos sean insuficientes o imposibles de aplicar 

En el caso de los empleados expuestos, se establece un seguimiento individual reforzado durante toda la actividad laboral.

El cumplimiento de los valores límite de exposición profesional reglamentarios se comprueba al menos una vez al año y siempre que haya un cambio que pueda tener un efecto adverso en la exposición de los trabajadores.
Si se superan los valores límite de exposición profesional obligatorios o los valores límite biológicos, se detendrán los puestos de trabajo afectados hasta que se apliquen las medidas correctoras.

Todas las medidas adoptadas deben ir acompañadas de una formación y sensibilización del personal expuesto a los riesgos de los CMR y de una formación en materia de prevención de estos riesgos. 

*Sustancias químicas consideradas carcinógenas, mutagénicas o tóxicas para la reproducción

¿Cuál es el límite de exposición profesional al polvo en una obra?


En España, el límite de exposición profesional (VLEP) para la sílice cristalina está fijado en 0,1 mg/m3. Hasta el 31 de diciembre del 2021 a partir del 1 de enero del 2022 el VLEP será de 0.05 mg/m3

Esto corresponde a la cantidad de un cabello humano de 3 cm de largo por metro cúbico de aire o una pequeña pizca de sal. Entonces, ¿es prácticamente invisible? Sí, porque el polvo más fino, por desgracia, no es visible para el ojo humano. Solo se hace visible para el ojo humano cuando ha superado ampliamente los límites máximos.

Aunque la mayor parte del polvo visible en la obra no es polvo fino sino polvo grueso, sigue siendo importante prestarle atención, porque el polvo peligroso es precisamente el que no se ve.

La normativa establece límites de concentración para determinados agentes químicos que no deben superarse durante un periodo de referencia determinado en la atmósfera de los lugares de trabajo (VLEP).  

Tiene en cuenta 4 criterios: la concentración de polvo, el tiempo de exposición, el tamaño de las partículas (las más finas son más peligrosas) y las propiedades de los materiales.

¿Cómo se calcula la exposición al polvo?

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La exposición al polvo se mide como una concentración (miligramo de polvo/metro cúbico de aire) y se calcula con una media durante un período de trabajo de 8 horas.  

Por ejemplo, una exposición al polvo de 20 mg/m3 durante 4 horas, seguida de la no exposición durante el resto del día, equivale a una exposición de 10 mg/m3 durante 8 horas.

El valor límite de exposición profesional (VLEP)*, también medido en mg/m3, es la concentración máxima relacionada con 8 horas de trabajo.

Si se supera un VLEP reglamentario obligatorio, el empresario debe adoptar inmediatamente medidas de protección y prevención. El incumplimiento del VLEP expone al empresario a sanciones. 

*Artículos R 4412-149 y R 4412-150 del Código del Trabajo y decreto 84-1093 de 07/12/84

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Documéntate

Para más detalles sobre la normativa europea, puedes leer la Directiva 2017/2398 del 12 de diciembre de 2017

También te invitamos a consultar las directrices promulgadas por el Instituto Nacional de seguridad y salud en el trabajo  (INSST) en las que se enumeran algunos puntos importantes que debe respetar el empresario, como, por ejemplo:    

  • Evaluar los riesgos registrados en un único documento puesto a disposición del médico laboral. 
  • Capturar el contaminante en la fuente (a través de una red de extracción) - en su defecto, completar la captura con una ventilación general
  • Respetar y comprobar periódicamente los umbrales de contaminación indicados por los valores límite de emisiones contaminantes (VLEP)
  • Organizar el tratamiento y el vertido de los contaminantes
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La ley establece valores límite de exposición al polvo en el lugar de trabajo (conocidos como VLEP), y esto afecta especialmente al sector de la construcción. Descarga nuestra Guía para conocer los cambios de la nueva regulación del polvo de sílice RD 1154/2020.